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México reconoce competencia del Comité Contra la Desaparición Forzada de la ONU

En una acción histórica, el presidente Andrés Manuel López Obrador firmó la Declaración formulada por México para reconocer la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, con la finalidad de recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas que se encuentran bajo su jurisdicción o en nombre de ellas. 

El pasado 2 de octubre, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), envió el escrito firmado por el presidente López Obrador, y aprobado por el Senado de la República, a la Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas. 

La SRE recordó que esto había sido una demanda de familiares de personas desaparecidas en México. A pesar de formar parte de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas desde 2010, el Estado mexicano no había reconocido la competencia de la ONU. 

Un hito en la política exterior: Ebrard

El canciller Marcelo Ebrard consideró la acción como un hito en la política exterior y de respeto a los derechos humanos, ya que es la primera vez que se aceptarán recomendaciones, comentarios y observaciones internacionales para el esclarecimiento de posibles desapariciones forzadas.  

La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones, adoptada el 20 de diciembre de 2006 y vigente para México desde el 23 de diciembre de 2010, es el primer instrumento internacional que contempla de manera integral aspectos como el derecho a la reparación.

Éste incluye modalidades como la restitución, la readaptación y las garantías de no repetición; la indemnización rápida, justa y adecuada de las personas afectadas; y el derecho a denunciar los hechos ante las autoridades competentes,

También la protección del denunciante, los testigos, los allegados de la persona desaparecida y sus defensores contra cualquier maltrato o intimidación. 

La Convención cuenta con un Comité contra la Desaparición Forzada, establecido al amparo del Artículo 26, el cual está integrado por diez expertos de gran integridad moral, reconocida competencia en materia de derechos humanos, independientes, que ejercen sus funciones a título personal y actúan con total imparcialidad.  

El Comité examina los informes relativos a las medidas adoptadas por los Estados Parte para cumplir con la Convención y formula los comentarios, observaciones o recomendaciones que considera apropiados.   

El Comité también puede examinar, de manera urgente, toda petición presentada por los allegados de una persona desaparecida, sus representantes legales, sus abogados o las personas autorizadas por ellos, así como todo aquel que tenga un interés legítimo a fin de que se busque y localice a una persona desaparecida. 

Gobiernos anteriores no habían reconocido la competencia del Comité

El reconocimiento de México se suma al de otros 22 países que han aceptado la competencia para recibir y examinar comunicaciones individuales: Albania, Alemania, Argentina, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Chile, Ecuador, Eslovaquia, España, Francia, Lituania, Mali, Montenegro, Países Bajos, Perú, Portugal, República Checa, Serbia, Suiza, Ucrania y Uruguay.

Con esta acción, se permite a familiares de personas víctimas de desaparición forzada acceder a vías adicionales de la justicia internacional para que sus casos puedan ser analizados.

Al día de hoy, a esta vía solamente se podía acceder mediante solicitudes similares a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o a través del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. 

El Gobierno de México reiteró su condena a cualquier violación a los derechos humanos de las personas mexicanas y su compromiso de buscar los mecanismos necesarios para el esclarecimiento de las desapariciones forzadas.

También ratificó su voluntad de trabajar de manera multilateral para que éstas sean examinadas de manera transparente e imparcial. 

La SRE señaló que con esto, México da muestra de su política exterior en materia de derechos humanos, la cual incluye una apertura al escrutinio internacional a la vez que es sensible a la demanda de familiares de personas desaparecidas.