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Inminente, la inaplicación de la prisión preventiva oficiosa

La inaplicación de prisión preventiva oficiosa es inminente porque contradice los tratados
internacionales en materia de derechos humanos, pero su conclusión no significa la liberación inmediata de todas las personas que hoy están sujetas a ella, sino que se deberá llevar a cabo el estudio de cada uno de los casos para determinar en cuáles podrá suspenderse, coincidieron especialistas.

Al participar en el podcast Te Escuchamos, que se transmite a través de las redes sociales del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Jorge Andrés Solís Gutiérrez, del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) y Javier Carrasco Solís, director ejecutivo del Instituto de Justicia Procesal Penal, señalaron que es la más grave de las medidas cautelares previstas en la ley, porque atenta contra la presunción de inocencia.

Carrasco Solís explicó que la prisión preventiva oficiosa es producto de la decisión de un Juez para cuidar el proceso, lo que significa que la persona que lo enfrenta esté en la disposición de acudir a las audiencias, evitar el riesgo de que se fugue o que pueda causar daño a la víctima. Al aplicar dicha medida se afecta el derecho de presunción de inocencia, pues al tener a la persona en prisión se presume su culpabilidad, agregó.

Por su parte, Jorge Andrés Solís Gutiérrez señaló que la gravedad de la prisión preventiva
afecta el derecho de la persona a la defensa y a ser tratada como inocente, ya que le rompe su plan de vida. Precisó que esa medida solo debe aplicarse a partir de un estudio que la justifique.

Detalló que el plazo máximo de aplicación de la prisión preventiva oficiosa es de dos años, que pueden prolongarse por actos de defensa. Este criterio, dijo, ha sido combatido por el IFDP que ha obtenido resultados positivos para las personas procesadas.

Mencionó que a partir del momento en que la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) condenó a México a inaplicar dicha medida cautelar, el IFDP realizó un trabajo para
identificar cuántos asuntos de este tipo existían en el país a nivel federal, siendo ubicados ocho mil de ellos. A partir de ese dato, el Instituto solicitó la revisión de dos mil de ellos.