Cámara de Diputados aprobó dictamen que suspende derechos para ocupar cargo público a violentadores
La Cámara de Diputados aprobó, con la mayoría calificada de 455 votos a favor, cero en contra y 25 abstenciones, el dictamen que reforma y adiciona los artículos 38 y 102 de la Constitución Política, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.
Establece que se suspenden los derechos o prerrogativas de los ciudadanos por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, familiar equiparada o doméstica y violación a la intimidad sexual y por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
También, por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa. En esos supuestos, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para algún empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Además, incorpora un lenguaje inclusivo y de mayor precisión en los requisitos para ser titular de la Fiscalía General de la República. El dictamen se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Hoy se materializa la suspensión de derechos
Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, la diputada Lidia García Anaya (Morena) señaló que desde 2021, la iniciativa “3 de 3” fue un lineamiento para el proceso electoral de ese año, y hoy se materializa la suspensión de derechos para ocupar un cargo, empleo o comisión del servicio público cuando se tenga sentencia firme en cualquiera de sus tipos penales.