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Crítica Monreal reforma en materia de propaganda gubernamental

Ricardo Monreal, coordinador de Morena en el Senado, advirtió que con la reciente reforma publicada en diciembre pasado en materia de propaganda gubernamental y de responsabilidades administrativas, se crea un espacio para que las personas servidoras públicas participen en actos electorales, bajo el argumento del ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

Dijo que con lo anterior, se cambian sustancialmente las disposiciones de las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas.

En el texto “Ley, propaganda y alcances electorales”, publicado en sus redes sociales, el presidente de la Junta de Coordinación Política refiere que con la nueva definición de propaganda gubernamental, ahora la ley permite la libre promoción personalizada de las y los servidores públicos, independientemente, de que haya o no campañas electorales en curso, es decir, promoverse en todo momento, en ejercicio de su libertad de expresión.

Esto sin duda contraviene lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución, fracción III, apartado C, párrafo dos, relativo a la suspensión de la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales como de las entidades federativas.

Recuerda que 2023 será un año de efervescencia político-electoral, debido al contexto generado por la sucesión presidencial de 2024 y la trascendencia de las elecciones en el estado de México y Coahuila.

Lo anterior, implica, dijo que las y los gobernadores, legisladores, presidentes municipales, secretarios de Estado e, incluso, quien ocupe la Presidencia de la República, puedan promover su imagen por encima de los intereses públicos generales que salvaguarda la Constitución.

Resalta que actualmente la Carta Magna determina que la propaganda no debe contener —en ningún caso— nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier persona servidora pública, así como que en los procesos electorales se deberá suspender, salvo en los casos cuyos fines sean de servicios educativos, salud o los necesarios para la protección civil en situación de emergencia.

Expresa que otro de los asuntos cuestionables de esta reforma es el referente a que la propaganda gubernamental sea solo aquella que se difunda con cargo a presupuesto público previamente etiquetado o mediante uso de tiempos oficiales, toda vez que se trata de un criterio formal, en tanto que restringe el concepto propaganda gubernamental a aquella que formalmente posea las características descritas y derive del presupuesto, lo cual deja abierta la posibilidad de hacer promoción personalizada, siempre y cuando no esté sujeta al presupuesto a sea a través de los tiempos oficiales. Esto sin duda contraviene lo dispuesto en la Constitución.

Así, las personas del servicio público, en lo individual, pueden vulnerar el precepto constitucional, lo relevante de ello radica en la interpretación de la frase “en uso de su libertad de expresión y en el ejercicio de sus funciones públicas”, la cual es constitucional, siempre y cuando se interprete de conformidad con la norma suprema.

Esto significa que la libertad de expresión no le da facultades a una persona servidora pública para transgredir los principios de imparcialidad y neutralidad, y que el ejercicio de sus funciones, en lo relativo a la propaganda gubernamental en periodo electoral, solo le permite difundir la información relacionada con las excepciones expresamente previstas en nuestra Constitución.

Menciona que la reforma electoral recientemente aprobada en la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, no está contribuyendo a un debate ordenado, equitativo y honesto, que permita actuar de manera congruente sobre el futuro inmediato de México.

Recientemente, algunas de las personas que están en la disputa presidencial y ejercen cargos públicos de primer nivel se han visto motivadas a participar en mítines y reuniones políticas, incitando así al voto ciudadano y descuidando el cumplimiento de sus funciones primordiales, en algunos casos, incluso en momentos complejos o de graves tragedias sociales.

Lo grave del caso es que ahora la reforma, con el ordenamiento secundario aprobado, corre el riesgo de volverse más laxa, lo cual sería muy grave y lamentable, ya que iría en detrimento de los avances democráticos alcanzados hasta el momento.

Ahora, la reforma deberá ser estudiada y revisada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.